Ley 2469 de 2025: una conquista ambiental impulsada por la representante Leyla Rincón


La Ley 2469 de 2025 es, sin lugar a dudas, un logro histórico del Congreso de la República y, en especial, de la representante a la Cámara Leyla Marleny Rincón, quien es la autora, promotora y principal artífice de esta norma trascendental para la protección de los humedales en Colombia.


Gracias a su liderazgo político y técnico, esta ley fue concebida, defendida y aprobada, marcando un antes y un después en la gestión ambiental del país. La representante Rincón no solo presentó la iniciativa, sino que además logró articular al Gobierno Nacional, las comunidades, los sectores académicos y las autoridades ambientales en torno a un propósito común: la defensa de los ecosistemas que regulan el agua, sostiene la biodiversidad y mitigan los impactos del cambio climático. 

Una ley con sello ambiental y humano

La Ley 2469 de 2025, de autoría de la representante Leyla Rincón, integra oficialmente los humedales de Colombia al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD) y al Sistema Nacional de Cambio Climático (SISCLIMA), reconociéndolos como piezas clave para la adaptación al cambio climático, la prevención de desastres y la seguridad hídrica del país.

Su objetivo central es garantizar la integridad ecológica de los humedales, reducir la vulnerabilidad de las comunidades ante eventos climáticos extremos y fortalecer la resiliencia ambiental de los territorios.

Además, la ley establece mecanismos concretos para la planificación, monitoreo y restauración de estos ecosistemas estratégicos, asegurando que sean tenidos en cuenta en los planes de ordenamiento territorial y en las decisiones de desarrollo urbano y rural.

Finalidad y alcance de la Ley 2469 de 2025

Objeto principal

La ley tiene por objeto integrar los humedales reconocidos en Colombia a los instrumentos del SGRD y al SISCLIMA (adaptación), con el fin de:

  • Garantizar la integridad biológica del país
  • Reducir la vulnerabilidad ante eventos extremos
  • Prevenir riesgos y aumentar la resiliencia frente a los efectos del cambio climático y su variabilidad.

Ámbito territorial

Se aplica a los humedales continentales reconocidos por las autoridades ambientales y aquellos tipificados en el Mapa Actualizado de Humedales del País, definido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 

Para los humedales marino-costeros, la ley insta a un enfoque integrador que contemple sus particularidades ecológicas.

Definiciones esenciales

La norma introduce términos clave para su aplicación:

  • Caudal biótico: el caudal mínimo necesario para asegurar la integridad de las poblaciones acuáticas del ecosistema fluvial.
  • Integridad biológica / integridad ecológica: medidas del estado funcional y estructural del ecosistema. 
  • Ecohidrología, conectividad funcional, sistemas socioecológicos, entre otros conceptos que vinculan la hidrología, la biodiversidad y la gestión territorial. 

Principios rectores

La ley se apoya en principios adicionales al marco del SGRD y ambiental, tales como:

  1. Interoperabilidad: promover sistemas que compartan datos entre sí.
  2. Datos abiertos: garantizar acceso público sin restricciones indebidas.
  3. Enfoque multiescalar: abordar desde lo local hasta lo nacional.
  4. No regresividad: impedir que futuras normas debiliten los estándares alcanzados.
  5. Corresponsabilidad de causación del riesgo: distribuir responsabilidades entre ciudadanos y autoridades.

Ejes de implementación

  • Información ambiental: oportunidades de digitalización, interoperabilidad y acceso a datos para el SIAC, el SNIF y los sistemas de alerta temprana. Plazo máximo de dos años para incorporar mecanismos y plataformas.
  • Modelación ecohidrológica: diseño y ajuste de protocolos que integren variables climáticas, hidrológicas, sedimentarias, riesgos y biodiversidad. 
  • Monitoreo y estaciones: fortalecimiento de redes existentes y creación de nuevas estaciones de monitoreo en zonas prioritarias, con responsabilidades definidas para entidades territoriales. 
  • Planeación territorial: los municipios con humedales deben incorporarlos en sus planes de ordenamiento, reconociéndolos como determinantes ambientales y ecosistemas de adaptación. 
  • Control urbanístico: vigilancia de proyectos urbanos que puedan afectar estos ecosistemas, considerando condiciones hidrogeomorfológicas y riesgos asociados.
  • Priorización territorial: se da prioridad a zonas con recurrentes riesgos climáticos y ecorregiones estratégicas, señalando áreas especiales de recuperación como la Mojana. 
  • Financiación y vigencia: autoriza al gobierno nacional a destinar recursos del Presupuesto General de la Nación conforme a la disponibilidad fiscal. La ley entra en vigencia desde su promulgación y deroga normas contrarias.

El liderazgo de Leyla Rincón: una voz firme por los humedales

La representante Leyla Rincón, oriunda del departamento del Huila, se ha consolidado como una de las voces más coherentes y comprometidas con la agenda ambiental y social del Congreso. Su trabajo legislativo no solo se refleja en la autoría de la Ley 2469 de 2025, sino también en su capacidad de construir consensos y traducir el conocimiento técnico en políticas públicas efectivas.

Durante el trámite de la ley, Rincón lideró mesas técnicas, audiencias públicas y diálogos regionales con organizaciones ambientales, académicos, campesinos y comunidades ribereñas, garantizando que la norma recogiera las realidades territoriales y las necesidades de los actores locales.

Su papel fue decisivo: impulsó el articulado, defendió su aprobación ante las comisiones competentes y acompañó la reglamentación de la norma tras su sanción presidencial.

Gracias a su gestión, hoy Colombia cuenta con un marco legal robusto y moderno que pone a los humedales en el centro de la política ambiental.

Retos y consideraciones para su efectiva ejecución

La sanción de la ley es un paso valioso, pero su éxito dependerá de varios factores:

  1. Recursos suficientes: la asignación presupuestal debe estar alineada con las exigencias operativas de la ley.

  2. Capacidad institucional territorial: muchas entidades locales deberán fortalecer su estructura técnica para asumir las responsabilidades de monitoreo, planificación y control.

  3. Coordinación interinstitucional: asegurar que los sistemas de información y entidades ambientales, de agua, de riesgo y tecnología trabajen de manera integrada.

  4. Participación comunitaria: es esencial que las comunidades locales, pueblos indígenas y organizaciones sociales sean parte activa del diseño, vigilancia y monitoreo.

  5. Monitoreo continuo y ajuste normativo: la modelación ecohidrológica y los sistemas de alerta deben estar sujetos a revisión constante ante la variabilidad climática.

  6. Mecanismos de rendición de cuentas: establecer indicadores claros para medir avances, transparencia en los datos y sanciones frente al incumplimiento.

La Ley 2469 de 2025 representa un hito en la normativa ambiental de Colombia: por primera vez, los humedales se integran formalmente como parte del aparato nacional de gestión del riesgo y adaptación climática. Si su implementación es seria, rigurosa y con recursos adecuados, tiene el potencial de reforzar la resiliencia hídrica, conservar la biodiversidad y mitigar los impactos del cambio climático en territorios vulnerables.

No obstante, la ruta será exigente. La representante Leyla Rincón dejó una huella significativa al impulsar esta ley y acercarla a las realidades locales. Será responsabilidad de autoridades nacionales, territoriales, comunidades y ciudadanos mantener vivo su espíritu legislativo, para que esta norma no quede en letra muerta, sino se convierta en una transformación concreta para el territorio colombiano.

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